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El audiovisual Guatemala: Mayen bidea jarraitu nahian de Aitor Casado, el 10 de febrero

El audiovisual Guatemala: Mayen bidea jarraitu nahian de Aitor Casado, el 10 de febrero

Recién estrenado el año, el legazpiarra Aitor Casado nos presentará su último trabajo.

Podremos disfrutar del trabajo realizado junto a su compañera Mar Torrijos,Guatemala, con imágenes y música de los lugares visitados.

Si bien no pudieron realizar el viaje como tenían previsto, consiguieron reunir material excelente y han querido compartir el trabajo con la ciudadanía legazpiarra.

La proyección, el 10 de febrero, viernes, a las 19:00 horas, en el salón de actos de Kultur Etxea.

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Respuesta a “rellena la frase” del mes de enero: Ondasuna

Respuesta a “rellena la frase” del mes de enero: Ondasuna

Los refranes son frases que transmiten valores sobre cuestiones de la vida y que se transmiten oralmente de generación en generación.

Este año hemos pensado usar refranes en euskara para el concurso del calendario anual, con el objetivo de darlos a conocer y fomentar su uso.

Además, contamos con la colaboración de la escuela de bertsolarisa Legazpiko Bertso Olariak, quienes cada mes acompañarán al refrán con un bertso.

Los elementos técnicos para construir un bertso son cantar, medir y hacer las rimas, a la vez que se elabora el contenido sobre el tema impuesto.

El refrán de este més habla de la salud, y lo ha cantado Nekane Gonzalez Gerriko, y en él interpreta perfectamente el significado del refrán, donde pone de manifiesto la superioridad de la salud sobre cualquier otra posesión material.

Txaleta kostaldean

eraztun, koilare,

Aston Martin, Ferrari

luxuzko aldare.

Ametsak, amets, baina

onartu halere,

guztiak sobran daude

osasunik gabe.

Podríamos hacer referencia al refrán en castellano, que diría algo así: ¿DE QUÉ TE SIRVEN TUS BIENES, SI NO TIENES SALUD?

 ¡Qué razón tiene este refrán!  No hay nada de lo que se pueda disfrutar sin salud.

Además del bertso, Nekane nos ha dado una pequeña explicación sobre la métrica del bertso. Ha compuesto un zortziko txikia, es decir, un bertso de 8 líneas compuestas por 7 y 6 sílabas, en las que riman las últimas palabras de las 4 líneas pares: koilare / aldare / halere / gabe.

Buen trabajo Nekane!

Bertso del mes de enero

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La ópera “Il prigioner superbo/La serva padrona” en el programa Música y artes escénicas en D

La ópera “Il prigioner superbo/La serva padrona” en el programa Música y artes escénicas en D

El progama Música y Artes escénicas en DVD ofrecerá en febrero una ópera, en dos partes como es habitual.

Il prigioner superbo (en español, El prisionero orgulloso) es una ópera seria en tres actos con música de Giovanni Battista Pergolesi y libreto en italiano de Gennaro Antonio Federico y basado en un libreto anterior de Francesco Silvani por la ópera de Gasparini, La fede tradita e vendicata. Debido al terremoto que afectó a Nápoles a finales de 1732, la temporada de carnaval de 1733 fue suspendida y encargaron a Pergolesi la creación de una ópera seria por el cumpleaños de la emperatriz Elisabetta Cristina Habsburgo. La ópera se estrenó en el Teatro San Bartolomeo en Nápoles el 5 de septiembre de 1733 y tuvo más representaciones en octubre. La ópera, presenta una trama laberíntica implicando la rivalidad de Metalce (Rey de los godos) y Viridate (Príncipe de Dinamarca) por la mano de Rosmene (una princesa noruega cuyo padre es prisionero de Metalce). Esta obra pronto cae en el olvido, pero no así su intermezzo cómico, La serva padrona que iba a lograr un notable éxito cuando se interpretó por sí solo.

Quien quiera el folleto en papel con los pormenores de la obra que se ofrecerá, lo encontrará a la entrada de la sala.

Ver cartel

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Presupuesto municipal 2023 y Objetivos de Desarrollo Sostenible

Presupuesto municipal 2023 y Objetivos de Desarrollo Sostenible

La Asamblea General de Naciones Unidas aprobó por unanimidad en septiembre de 2015 la Agenda 2030, que es un plan de acción universal, integral y transformador orientado a favorecer el desarrollo humano con un carácter sostenible en el ámbito social, económico y del medio ambiente.

La Agenda cuenta con 17 objetivos (ODS), que en Euskadi se han complementado con el Objetivo 18 que contempla el euskara, para conseguir un futuro sostenible para todas y todos.

Estos ODS se interrelacionan entre sí e incorporan los desafíos globales a los que nos enfrentamos en base a cinco dimensiones: personas, prosperidad, planeta, participación colectiva o partenariado y paz.

A pesar de que los Objetivos de Desarrollo Sostenible no son obligatorios, el Equipo de Gobierno los adopta como propios, empleándolos como guía para armonizarlos con los 29 programas municipales que conforman el presupuesto municipal.

En los siguiente enlace se puede acceder a los documentos que recogen la contribución presupuestaria de Legazpi a los Objetivos de Desarrollo Sostenible y donde puede observarse que el ODS 1 Fin de la pobreza, ODS 16 Paz, Justicia e Instituciones sólidas, ODS 11 Ciudades y comunidades sostenibles, ODS 4 Educación de calidad y ODS 3 Salud y bienestar suponen el 76% de gasto total previsto para 2022.

Ver Presentación

Ver Informe según metodología de EUDEL

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50% de recargo de IBI a 330 viviendas no habituales

50% de recargo de IBI a 330 viviendas no habituales

El Ayuntamiento va a iniciar el expediente de recargo en el Impuesto de Bienes Inmuebles en un 50% sobre las viviendas que “no constituyan la residencia habitual de su propietario”.

El número de viviendas afectadas asciende a 330.

Las personas interesadas podrán presentar las alegaciones que estimen oportunas. Para ello, deberán dirigirse al Servicio de Atención a la Ciudadanía del Ayuntamiento. El plazo finaliza el 28 de febrero.

Atendiendo al artículo 13.3 de la Ordenanza Fiscal del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), estarán exentos de la aplicación de este recargo los inmuebles en los que concurra alguna de las circunstancias siguientes:

a) Las viviendas propiedad del Ayuntamiento, de sus Organismos Autónomos, entidades públicas empresariales y sociedades mercantiles de capital íntegramente municipal.

b) Las que gocen de alguna bonificación tributaria en el impuesto.

c) Las afectas a actividades de alojamiento, pensiones, hostales, alquiler, etc.

d) Las dedicadas a actividades profesionales o comerciales de forma continuada. La aplicación de esta exención exigirá la condición de titular catastral del inmueble o, en su caso, la existencia de un contrato de arrendamiento en favor del titular de la actividad por plazo superior o igual a un año. Esta exención no se aplicará en el caso de cesiones de uso salvo que quede acreditada la existencia de actividad y que exista una relación de parentesco de primer grado de consanguinidad o adopción entre el sujeto pasivo del impuesto y el beneficiario de la cesión del bien.

e) Las viviendas cuya titularidad corresponda a personas empadronadas en Residencias de la Tercera Edad. Quedarán así mismo exentas de recargo las viviendas cuya titularidad corresponda a persona que deba desplazarse a otra vivienda por encontrarse en situación de dependencia, o para la atención de aquella y sea cónyuge, pareja de hecho constituida con arreglo a lo dispuesto en la Ley 2/2003, de 7 de mayo, reguladora de parejas de hecho, o pariente por consanguinidad, afinidad o adopción hasta el tercer grado de parentesco.

f) Las adquiridas por herencia. En este caso la exención se mantendrá durante dos años a partir de la fecha de la muerte del causante.

g) Las que estén fuera de ordenamiento, las sometidas a gestión urbanística, las declaradas en riesgo de derrumbe (ruina), o que no cumplan condiciones de habitabilidad.

h) Las que concurra el uso como vivienda con otros usos de carácter agropecuario y estén en zonas no urbanas o susceptibles de ser calificadas como núcleo rural.

i) Las que hayan sido objeto de transmisión en el último trimestre del año anterior al de devengo y que el trámite de empadronamiento se haya realizado en el primer trimestre del año de devengo del impuesto.

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